Facturar sin ser autónomo: ¿es posible?

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Tema: facturar sin ser autónomo

Autor: Javi Gracia

Si trabajas ocasionalmente para tus propios clientes, seguro que te has preguntado: ¿puedo facturar sin ser autonomo? Y no es para menos… Si tus ingresos son puntuales, está claro que no te compensa darte de alta como autónomo y tener que pagar las desorbitadas cuotas de la Seguridad Social.

Pues debes saber que SÍ se puede facturar sin ser autónomo. Existen básicamente 3 opciones para ello. La más recomendable es formar parte de una cooperativa de trabajo asociado. Otra alternativa es darte de alta en Hacienda para facturar. Y también existe la opción de pedirle a un tercero que facture por ti, pero es la menos recomendable porque conlleva riesgos legales.

Aunque es posible facturar sin ser autónomo de forma legal, para ello tienes que cumplir una serie de requisitos. En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber para emitir facturas sin ser autónomo sin complicaciones burocráticas.

Hacer factura sin ser autónomo: qué opciones hay

Como hemos dicho, existen 3 formas de facturar sin ser autónomo, 2 de las cuales son 100% legales. Te las explicamos:

1. Facturar sin ser autónomo por cooperativa

Consiste en darse de alta en una cooperativa de trabajo asociado y facturar a través de ella.

Estas cooperativas están pensadas para que profesionales de un determinado sector puedan emprender y realizar trabajos ocasionales sin necesidad de ser autónomos.

La cooperativa se encarga de todas las gestiones que implica la realización del trabajo. Te da de alta en la Seguridad Social para que cotices por el trabajo, gestiona los seguros relativos a tu actividad profesional, presenta los impuestos y emite la factura al cliente. De este modo, el profesional solo tiene que prestar el servicio y cobrar el importe acordado.

Estas entidades además permiten facturar sin ser autónomo online, ya que todos los trámites se realizan a través de una plataforma, por correo electrónico o vía llamada telefónica.

Además, algunas de estas cooperativas prestan apoyo en otros ámbitos como búsqueda de empleo, publicidad, marketing o comunicación.

Si estás interesado en facturar a través de una cooperativa para ahorrarte los costes y el papeleo de ser autónomo, te recomendamos que visites este enlace.

2. Facturar sin ser autónomo en la AEAT

La otra opción legal para facturar sin ser autónomo es darte de alta en Hacienda y declarar las facturas en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Consiste en inscribirte en Hacienda a través del modelo 036 o 037 y declarar los ingresos que obtienes. Esto se hace a través del modelo 303 (IVA) y el modelo 130 (IRPF). Estos impuestos se declaran trimestralmente y anualmente (en el caso del IRPF, la declaración anual es la Declaración de la Renta).

Es muy importante presentar estos impuestos porque las empresas para las que trabajas están obligadas a declarar todas sus operaciones. Por tanto, en caso de que tú no hicieras lo mismo, Hacienda se daría cuenta fácilmente de que algo no cuadra.

Después de facturar cumpliendo con tus obligaciones fiscales tienes que darte de baja en Hacienda a través de los mismos modelos que utilizaste para tu alta (modelo 036 o modelo 037).

3. Pedirle a un tercero que facture por ti

Esta opción consiste en que un tercero (empresa o autónomo) emita la factura como si hubiese realizado el trabajo él. El cliente te pagará a ti, pero a efectos legales constará que ha contratado a tu colaborador para ese servicio.

Esta opción es la menos recomendable porque, además de ser ilegal, implica que la empresa o autónomo al que recurres se tiene que hacer cargo de la gestión y de los impuestos asociados a esa factura. No siempre se tiene a un amigo o persona de confianza que te pueda hacer el favor. Y si se tiene, ambos os exponéis a sanciones si la Seguridad Social detectara el fraude.

Dentro de esta alternativa también puedes recurrir a un socio. En este caso, este te pedirá un porcentaje de la factura para que la acción fraudulenta, al menos, le genere un beneficio.

Emitir facturas sin ser autónomo | Requisitos

Se puede facturar sin estar dado de alta en autónomos si cumples con estos requisitos:

  1. Tu actividad no es habitual. O dicho de otra forma: realizas trabajos de forma esporádica o puntual y no como como algo estable que te proporciona ingresos constantes.
  2. Tus ingresos no superan el Salario Mínimo Interprofesional. Es decir: 1260 euros al mes o 15.120 euros al año (datos actualizados año 2023).

Es muy importante cumplir estos requisitos si quieres facturar sin ser autónomo, ya que si tu trabajo no es esporádico y ganas más del límite establecido, la Administración considerará que tu actividad es tu fuente de ingresos principal y que, por tanto, debes ser autónomo. Si esto pasara, recibirías una sanción económica. Te obligarían a pagar las cuotas de autónomo que te has ahorrado más un recargo del 20% y una multa.

Cómo hacer una factura sin ser autónomo | Pasos

Como hay dos maneras de facturar sin ser autónomo, te vamos a explicar el proceso que tienes que seguir para cada uno de los dos métodos.

Proceso para facturar a través de una cooperativa

1. Alta en la cooperativa

El primer paso para facturar de esta manera es darte de alta en una cooperativa de trabajo asociado. Normalmente, la cooperativa cobra una inscripción y/o cuotas periódicas para poder ser socio de la misma. La mayoría de las cooperativas de facturación realizan el alta de forma online, así que no tendrás que presentarte en sus oficinas.

La documentación que te pedirán será: DNI, tarjeta de afiliación a la Seguridad Social y certificado de titularidad bancaria. Si eres extranjero, deberás aportar el NIE (Número de Identificación de Extranjero) en el caso de ser intracomunitario. Y si eres extracomunitario, te pedirán el TIE (Tarjeta de Identificación de Extranjero) y un permiso de residencia o trabajo en vigor.

2. Solicitar la facturación de un trabajo

Una vez dado de alta como asociado de la cooperativa, ya puedes solicitar la gestión de una factura. La cooperativa te pedirá los datos de tu cliente y del trabajo que has acordado con él: duración, detalles del servicio, importe de la factura, CIF o NIF del cliente, etc.

Con estos datos, la cooperativa procede a la gestión del trabajo. Por un lado emite la factura al cliente. Y por otro lado te da de alta a ti como trabajador de la cooperativa en la Seguridad Social. El alta tendrá la duración que tú acuerdes con la cooperativa. Además cotizarás por las horas o días que permanezcas de alta, como cualquier trabajador por cuenta ajena.

Dependiendo del nivel de digitalización de la cooperativa, la tramitación del alta y de la facturación será automática (algunas cooperativas tienen herramientas online) o manual.

3. Realización del trabajo

Una vez validada la gestión, ya puedes realizar el trabajo para tu cliente sin problemas. En función de si tu servicio es presencial o en remoto y de tu profesión, te cubrirá un determinado tipo de SRC (Seguro de Responsabilidad Civil). Además contarás con las protecciones sociales que te brinda estar dado de alta como trabajador, por lo que estarás protegido en todo momento por la cooperativa y por el sistema de Seguridad Social.

4. Cobro de la liquidación

Una vez realizado el trabajo, tu cliente abonará el importe total de la factura a la cooperativa. Y esta, tras descontar los costes de Seguridad Social y su comisión por la gestión, te ingresará en tu cuenta la cantidad que te corresponde. A esta forma de pago se le llama «liquidación». Algunas cooperativas cuentan con su propio simulador para pasar de bruto a neto los ingresos que recibirías por tus servicios.

Proceso para facturar dándote de alta en Hacienda

1. Alta en el el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores

El primer paso para facturar sin ser autónomo en la AEAT es realizar la declaración censal de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Con este trámite declaras que vas a realizar una actividad económica. Para ello deberás rellenar el modelo 036 (versión larga) 0 037 (versión corta), en función de tu actividad. Para saber cuál de las dos versiones debes elegir, te recomendamos que leas este artículo. En este modelo también deberás indicar el epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) en el que se incluye tu actividad económica.

2. Emisión de la factura

El siguiente paso sería la emisión de la factura propiamente dicha. Puedes crear la factura desde cero, descargar una plantilla o utilizar un programa de creación de facturas online. Sea cual sea el proceso que elijas, los datos obligatorios que deberán aparecer en la factura son los siguientes: numeración, fecha de emisión, datos fiscales del emisor, datos fiscales del cliente, concepto y tipo impositivo.

La numeración de la factura debe llevarse a cabo de forma correlativa. Es decir, la primera que realices llevará el número 1, la segunda el número 2, etc. Aunque no sea un dato obligatorio, es conveniente que la factura incluya una fecha de vencimiento para que el cliente tenga una fecha tope para pagarte.

En el apartado «concepto» deberás detallar los servicios prestados a tu cliente. Si son varios, tendrás que crear una línea para cada uno de ellos. Para cada servicio debe especificarse la base imponible (es decir, el precio antes de aplicar el tipo impositivo), la cantidad de unidades del servicio ofrecido y el tipo impositivo que se aplica, es decir, el tipo de IVA y el porcentaje de retención IRPF en caso de que corresponda.

Respecto a tus datos fiscales, deberás incluir los siguientes: nombre completo, NIF, domicilio fiscal, código postal, población, teléfono y correo electrónico. En cuanto al cliente, la factura debe contener estos datos: nombre completo del autónomo/persona particular o nombre fiscal de la empresa a la que emites la factura, su NIF o su CIF y domicilio o dirección fiscal. 

3. Baja en el el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores

Si eliges esta opción, es muy importante darte de baja de Hacienda tan pronto como finalices la actividad puntual. De lo contrario te exigirán que sigas presentando las declaraciones de impuestos aunque no tengas ningún ingreso. Esto conlleva emplear tiempo en estas gestiones y te expone al peligro de recibir una multa si cometes alguna irregularidad.

4. Declaraciones trimestrales de IVA e IRPF

Bajo esta modalidad, tus obligaciones tributarias serán las mismas que si fueras autónomo. Es decir, deberás declarar y abonar las autoliquidaciones y las retenciones a cuenta de IRPF de forma trimestral. Estas declaraciones deberás hacerlas durante todo el tiempo que estés dado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Para saber cómo presentar el IVA trimestral te recomendamos esta guía. En el caso de la declaración trimestral de IRPF, puedes acudir a este artículo.

5. Declaraciones anuales de IVA e IRPF

Además de las declaraciones trimestrales, a principios del ejercicio fiscal debes declarar todas tus actividades económicas del año anterior. Si no presentas los modelos anuales puedes ser sancionado por la Agencia Tributaria. Si les consta que has presentado los modelos trimestrales, te requerirán obligatoriamente que presentes las correspondientes declaraciones informativas anuales, independientemente de que ya te hayas dado de baja como profesional.

Qué opción es mejor para facturar sin ser autónomo

Cada opción tiene sus pros y sus contras, pero si tenemos que recomendarte una, sin duda nos decantamos por formar parte de una cooperativa. En todo caso, a continuación explicamos los beneficios que te brinda cada opción:

Beneficios de trabajar en una cooperativa

  1. La cooperativa se encarga de todo el papeleo. Más allá de la documentación inicial para el alta en la cooperativa, el proceso de facturación es sencillo y no exige burocracia. En cambio, facturar dándote de alta en Hacienda significa tener que realizar una elevada cantidad de trámites y estar pendiente de la presentación correcta y en plazo de los impuestos.
  2. Cotizas en la Seguridad Social por los trabajos realizados. Eso significa que generarás derecho a paro y a pensión de jubilación.
  3. Te cubre un Seguro de Responsabilidad Civil por el mero hecho de ser socio cooperativista. Eso significa que estarás protegido en caso de que haya algún incidente con terceros durante la realización de tu trabajo.
  4. No tienes que desplazarte para presentar documentación o realizar trámites. Todas las gestiones y procesos se llevan a cabo digitalmente y de forma online.
  5. En algunas cooperativas puedes elegir el Régimen en el que quieres cotizar (General, de Artistas…) en base a lo que te interese más.
  6. Puedes solicitar asistencia y/o asesoramiento legal, fiscal y laboral. Las cooperativas disponen de especialistas que te guiarán y aconsejarán en tus consultas relacionadas con el emprendimiento o la gestión de tu actividad profesional.
  7. Puedes beneficiarte de otros servicios disponibles en la cooperativas. Algunas de ellas proporcionan servicios de búsqueda de empleo, intermediación con empresas, coordinación entre profesionales o incluso servicios de marketing.

Ventajas de darte de alta en Hacienda para facturar

  1. No tiene coste. Solamente tendrás que desembolsar el IRPF y el IVA correspondiente a las facturas. El único problema es que, dada la complejidad de algunas gestiones, muchos de los que optan por esta alternativa se acaban viendo obligados a contratar una gestoría que les lleve el papeleo. Y eso sí que supone un gasto.
  2. Te permite ofrecer una imagen más independiente y profesional de cara a tus clientes, ya que serás tú directamente quien emita las facturas.
  3. Te evita los malentendidos que pudieran producirse entre la cooperativa y tu cliente. Bajo este método, todo lo acordado queda entre el cliente y tú.

¿Cuánto puedo facturar sin ser autónomo?

Este es uno de los puntos más importantes a la hora de analizar si puedes facturar sin darte de alta como autónomo.

Cuánto se puede facturar sin ser autónomo

Como hemos dicho, uno de los requisitos para poder facturar sin ser autónomo es que tus ingresos estén por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Este se sitúa actualmente en 14.000 euros al año o 1.166 euros al mes. Por tanto, si realizas trabajos con cierta asiduidad pero tus ingresos no superan ese umbral, puedes facturar sin ser autónomo.

Sin embargo, en el caso de facturar con cierta frecuencia, deberás evitar trabajar únicamente para un solo cliente de forma periódica, ya que Hacienda está atenta a facturaciones que sean repetitivas y de cantidad similar. A efectos de la normativa fiscal y laboral, esto implicaría una situación de falsa autonomía, ya que si tienes un solo pagador al que siempre facturas en realidad dependes de él. En este caso lo adecuado sería que el pagador te contratara como trabajador por cuenta ajena.

Las cooperativas de trabajo te pueden asesorar para que no rebases ningún límite y puedas facturar sin ser autónomo de forma legal y regularizada.

El mito de facturar sin ser autónomo hasta 3000 euros

Es falso que solo puedas facturar sin ser autónomo hasta 3000 euros al año. Sin embargo, se trata de una creencia bastante extendida y su origen tiene explicación. Este mito se debe a que Hacienda está especialmente atenta a declaraciones de ingresos superiores a 3.000 euros anuales.

Todas las empresas  autónomos están obligadas a presentar el modelo 347, que es una declaración informativa anual en la que se agrupan todas las operaciones realizadas con clientes y/o proveedores, siempre y cuando el total supere los 3.005,06 euros anuales (IVA incluido). Esta es la manera que tiene la Agencia Tributaria de verificar la correlación entre las operaciones declaradas por unos y otros.

Sin embargo, eso no tiene nada que ver con la cantidad máxima que puedes facturar sin ser autónomo al año. Lo único que pasa es que en caso de que los ingresos declarados durante un año tengan un valor superior a esa cantidad , deberás presentar adicionalmente el modelo 347. Pero mientras hayas emitido una factura y declarado el IRPF y el IVA correspondiente, no tienes nada que temer.

En estos casos, optar por el sistema de una cooperativa también te proporciona un mayor respaldo legal, ya que en todo caso es la cooperativa la que tiene que rendir cuentas por los ingresos recibidos y facturas emitidas.

Verdadero límite para facturar sin ser autónomo

Aunque no hay un límite oficial, se considera que si facturas por debajo del SMI (menos de 14.000 euros al año) tu actividad es secundaria, por lo que no estás obligado a darte de alta como autónomo.

En todo caso, siempre cabe la remota posibilidad de que la Seguridad Social te pida explicaciones o te reclame cuotas impagadas de autónomo. Pero si puedes demostrar que tus trabajos han sido puntuales y que tus ingresos no alcanzan el SMI, los jueces te darán la razón y determinarán que no tienes que pagar el autónomo.

Dudas frecuentes sobre facturar sin ser autónomo

¿Puedo facturar siendo trabajador por cuenta ajena?

Sí, ambas situaciones son compatibles. Puedes trabajar como empleado de una empresa o administración pública y, a la vez, facturar tus trabajos como autónomo o sin ser autónomo (en función de la habitualidad de tu actividad).

¿Se puede facturar formación sin ser autónomo?

Sí. A través de cooperativa o dándote de alta en Hacienda puedes facturar trabajos formativos como por ejemplo clases particulares, cursos, clases extraescolares, seminarios, actividades formativas, clases magistrales o elaboración de material formativo.

¿Se puede ser freelance sin ser autónomo?

Sí. Con cualquiera de las opciones de las que hemos hablado en este artículo, puedes trabajar en proyectos puntuales como freelance sin necesidad de ser autónomo. Recuerda que hay una importante diferencia entre ser freelance y ser autónomo, por lo que una cosa no siempre va ligada a la otra.

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